El Consejo de Ministros aprobó el pasado 14 de septiembre un Real Decreto Ley que modifica la Ley de Seguridad Privada para adecuarla a la normativa europea y a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.
El decreto modifica los requisitos para que las empresas comunitarias de seguridad privada puedan ejercer sus actividades en España y adapta los artículos 1, 7, 9 y 10 de la Ley de Seguridad Privada para *****plir la Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 26 de enero de 2006.
De este modo, se incluye expresamente en el ámbito de aplicación de la norma a los directores de seguridad, vigilantes de explosivos, guardas de caza y guardapescas marítimos como categorías de personal de seguridad privada.
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